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Casos ingresados, pendientes de resolver y resueltos
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Análisis de datos
Para evaluar la efectividad de la persecución penal, se considera como salida efectiva la imposición de una sentencia condenatoria, o la aplicación de un mecanismo simplificador (criterio de oportunidad, suspensión condicional de la persecución penal) o bien, la aplicación de un procedimiento abreviado (tomando en cuenta también a los procedimientos simplificados y de delitos menos graves).
Para el Mirador Judicial, la aplicación de la desestimación y el sobreseimiento como “salidas efectivas” debe someterse a un cuidadoso análisis, pues ambas figuras pueden implicar una decisión discrecional del fiscal o un trabajo de investigación deficiente, por lo que su utilización como una “salida efectiva” desvirtúan la naturaleza procesal y tergiversa los fines del sistema penal.
Los casos ingresados son los considerados efectivamente como delitos, en los cuales el MP tendrá que hacer algún esfuerzo de investigación para determinar las características por las cuales se comete el delito y al responsable de este. Esto significa que deberán rechazarse los casos trasladados a los juzgados de paz, por ser constitutivos de faltas, y las desestimaciones, es decir, aquellos casos que se considera no son constitutivos de delito sin mayores investigaciones.
Cabe aclarar, que el ICCPG tradicionalmente para calcular la efectividad en la persecución penal toma en cuenta la totalidad de denuncias presentadas menos las desestimaciones (por no ser delitos), dado que dicha figura procesal desde un enfoque político criminal se concibe con un mecanismo de depuración y discrecional para que el MP ocupe la mayoría de sus recursos en la investigación de delitos graves. Ante el desborde que ha tomado el incremento de las desestimaciones en la actual administración del MP, resulta imprescindible que las actuales autoridades transparenten la política institucional relacionada al uso de esta figura procesal, en el sentido de que no se convierta en una medida de arbitraria contra las víctimas de delitos y que favorezca la impunidad.
Para el Mirador Judicial se hará referencia a las cantidades y tasas de casos resueltos durante período analizado. Como casos resueltos o respuestas efectivas del sistema penal, se entenderá que son aquellos que reciben una solución de un órgano jurisdiccional competente que implica la posibilidad de producir cosa juzgada, es decir, no retorno a una investigación. Por tal motivo, se ha considerado a los criterios de oportunidad, las suspensiones condicionales de la persecución penal, procedimiento abreviado, procedimiento simplificado, procedimiento de delitos menos graves y la sentencia condenatoria. No hay que olvidar que la naturaleza de las salidas efectivas del sistema penal es que las mismas contribuyen la prevención especial y general, o bien, que permiten la reparación y atienden los intereses de las víctimas de delitos.
Es importante hacer este tipo de apreciaciones debido a que en algunas situaciones dentro del MP consideran el archivo como una solución definitiva, el cual se presenta, por lo general, cuando no se ha logrado determinar al responsable del delito. Por esta razón, los porcentajes de casos resueltos respecto a los ingresados resultan tasas altas, muy diferente a lo presentado en el presente trabajo. Consideramos que incorporar el archivo como caso resuelto resulta incongruente, por cuanto que la persona agraviada por el delito recibe una respuesta de muy baja calidad y que por lo regular no satisface las expectativas de acercamiento a la justicia.
En la gráfica 13 se puede apreciar que la relación entre casos resueltos e ingresados mantiene una tasa promedio en los últimos 4 años, de 9%. Es decir, que de cada 100 casos que ingresan al MP, solamente pueden solucionarse 9 casos. El rango de las tasas de 1995 al año 2006, oscilaba entre el 5% y el 12%. De los datos aportados, puede inferirse que las tasas de efectividad, aun y cuando el crecimiento de casos sea constante, las tasas no tienen ninguna relación. Así, como ejemplo, el año 2019 que presentan un incremento en el ingreso de casos respecto al año 2018, reflejan una tasa baja de efectividad (9.80%).
Gráfica: Efectividad de la persecución penal
Nota: Los datos del año 2020 corresponde al período comprendido del 1 de enero al 8 de diciembre, de acuerdo con la información entregada por el MP. Fuente de los datos ICCPG (2021).
La tasa de efectividad promedio del período 2017-2020, sirve de base para explicar la tasa de casos que quedan pendientes en cada año. En la gráfica 13 se puede apreciar la discrepancia entre las tasas de casos resueltos y pendientes. En comparación a otros períodos abordados por el Observatorio de Justicia Penal (1995-2007), no existe prácticamente ninguna variación sustancial. La tasa promedio durante el período 2017-2020 es del 91% de casos sin resolver con relación a los casos ingresados, sin tomar en cuenta las desestimaciones. Ahora bien, si se toma en cuenta las desestimaciones para la depuración de los casos que se considera como ingresados, la tasa de casos sin resolver es del 69%.
No obstante, la tasa de casos sin resolver en definitiva es muy alta. El impacto de esta situación en relación con los casos netos sin resolver presenta una situación complicada para el sistema penal. Como puede apreciarse en la gráfica 13, los casos ingresados presentan un crecimiento constante y los casos resueltos prácticamente resultan invisibilizados con relación a la carga pendiente. Si los casos sin resolver se acumularan a los años siguientes, vemos un crecimiento geométrico de acumulación de causas del sistema de justicia. La gráfica 13 es una presentación que requiere mayores análisis, pero refleja el creciente volumen de causas sin resolver. Durante el período 2017-2020, existen más de un millón cuatrocientos veinte mil doscientos ochenta y seis casos acumulados sin resolver (1,420,286).
Tabla: Salidas efectivas (casos resueltos)
Año | Casos ingresados | Criterio de oportunidad | Suspensión de la PP | Sentencias procedimiento abreviado | Sentencias procedimiento abreviado | Sentencias delitos menos graves | Sentencias condenatorias | % casos resueltos* |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2017 | 421,495 | 29,452 | 1,500 | 2,777 | 33 | 46 | 7,387 | 9.77% |
2018 | 414,131 | 29,426 | 1,553 | 2,566 | 38 | 65 | 7,430 | 9.92% |
2019 | 421,774 | 30,317 | 1,441 | 2,334 | 45 | 120 | 7,090 | 9.80% |
2020 | 308,947 | 17,293 | 895 | 1,142 | 21 | 37 | 3,053 | 7.26% |
Nota: porcentaje en atención al número de casos ingresados. Fuente de los datos ICCPG (2021).