Tiempo promedio de la duración del proceso penal hasta una decisión final

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Tiempo de duración promedio de un expediente en las etapas del proceso penal:

 

490 dias

Duración en días por expediente

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Tiempo de duración promedio en las etapas de las etapas del proceso penal

Análisis de datos

El cumplimiento de garantías constitucionales en el proceso penal puede medirse a través de distintos indicadores, uno de los aspectos más elementales es la duración del proceso penal. Esto puede medirse en dos vías, la primera verificando que el sistema de justicia responda de forma eficiente ante un hecho delictivo y que cumpla, al mismo tiempo, los derechos de las personas sindicadas para que su proceso sea realizado conforme a los plazos que le permitan mantener su integridad.

El proceso penal responde a una dinámica dirigida a la averiguación de la verdad sobre hechos controvertidos donde existió la vulneración de un bien jurídico tutelado, y también, pretende dilucidar los grados de participaciones de quienes sean responsables de tales acciones y la conclusión del proceso a través de una sentencia y ejecución de esta según el Artículo 5 del Código Procesal Penal.

Para el cumplimiento de tales objetivos, los tiempos son importantes en cada una de las etapas del proceso penal, y se puede afirmar que su organización está integrada por cinco fases procesales con tiempos específicos diseñados a través de audiencias orales. De tal manera, los plazos procesales deben tomarse como límites máximos, y las fases contempladas para el proceso penal guatemalteco son las siguientes:

  1. Audiencia preparatoria, en la cual se busca establecer la existencia o no de un hecho delictivo, así como la identificación e individualización de los posibles autores y el daño causado, el plazo para realizar esta fase es de 24 horas a partir de la detención de la persona. Generalmente inicia con una denuncia y como fase procesal, la misma concluye con la solicitud del Ministerio público que puede ser en el sentido de realizar un juicio o clausurar el proceso.
  2. Audiencia intermedia, en donde las partes legalmente aceptadas en el proceso se oponen o amplían las peticiones del Ministerio Público, esta audiencia debe de realizarse en un máximo de 3 meses, si el sindicado se encuentra en prisión preventiva, si goza de medida sustitutiva la audiencia debe realizarse en un máximo de 6 meses. Esta fase inicia con la presentación de la acusación y finaliza con una resolución de auto de apertura a juicio, en la cual el juez autoriza continuar el proceso y realizar el juicio, así como establecer la obligación a los sujetos procesales de presentarse al tribunal de sentencia correspondiente.
  3. Audiencia de ofrecimiento de prueba, que sucede al 3er día de emitido el auto de apertura a juicio con la finalidad de que los sujetos procesales propongan los medios de prueba, identificándolos y señalando los hechos que serán examinados en juicios.
  4. Juicio, es la etapa principal del proceso penal que se realiza en un plazo no menor de 10 ni mayor de 15 días de la audiencia de aceptación de la prueba. En esta audiencia suceden varios acontecimientos; se produce el encuentro personal de los sujetos procesales con sus medios de prueba y se valoran los hechos a través de audiencias públicas y orales moderadas de manera general por tres jueces. Esta etapa culmina con la deliberación y sentencia, condenatoria o absolutoria.
  5. Audiencia de reparación privada, en la cual la víctima ejerce su derecho a la restauración del derecho afectado por la comisión del delito. Es realizada al 3er día de emitida la sentencia condenatoria.

Para esta ocasión, el equipo de investigación del Mirador Judicial revisó una muestra de 317 expedientes en fase de ejecución penal, y que en su fase de cognición fueron diligenciados en los tribunales de la ciudad de Guatemala. Para definir la cantidad de expedientes se optó por la utilizar la fórmula de muestra finita, con el fin de obtener una muestra significativa

Fórmula de muestra finita.  Utilizada para calcular en tamaño de la muestra en la población finita.

De la formula, se toma en cuenta el contenido del siguiente cuadro:

Literal Descripción Valor
n Es el tamaño de la muestra calculada 317
N Tamaño de la población o universo que en este caso está basado en la cantidad anual sentencias registradas por el Organismo Judicial en 2019. 1,236
Z Parámetro dependiente de Nivel de Confianza 1.65
“p” y “q” Representan la relación de la desviación estándar de la población y que como en este caso no es conocida se les fue asignado el valor de 0.5 0.5
d Error de estimación máximo aceptado 0.04

fuente de los datos ICCPG (2021).

Por lo tanto, la cantidad de expedientes observados fue de 317, con un nivel de confianza del 90% y un margen de error del ± 4%.

De los resultados alcanzados con la observación, destaca que el tiempo promedio entre los actos de inicio y la primera declaración ascienden a 90 días, esto responde a los procesos penales que dan inicio por citación y a diferencia de las causas donde la flagrancia marcó el inicio del proceso, cuyo promedio de duración entre la detención y la primera detención es de 2 días.

Respecto el período que transcurre entre el auto de procesamiento y un eventual auto de apertura a juicio en promedio es de 195 días, es decir, al menos transcurren seis meses y medio entre detención y la certeza de acudir a debate oral y público. No obstante, el período más largo entre las diferentes diligencias a realizar para cumplir el trazado del proceso penal sucede entre el auto de apertura a juicio y el inicio del debate, pues en promedio transcurren 222 días entre cada etapa.

Posteriormente, una vez desarrollado el debate oral y público, en promedio transcurren 72 días entre el inicio del debate y la sentencia, es decir, casi dos meses y medio para que el detenido sepa cuáles serán las resultas del proceso tramitado. Finalmente, y concatenando toda la data obtenida, en promedio el proceso penal guatemalteco dura 490 días de la audiencia de primera declaración hasta la sentencia.

Hay que tener presente que el proceso penal según la normativa vigente contempla el plazo máximo para que una persona sea juzgada es de 164 días si está sujeta a prisión preventiva. De la muestra tomada, en el 80% de los procesos penales el imputado se encontraba en prisión preventiva, evidenciando que el proceso penal con esta medida de coerción duro 3 veces lo que estipula el plazo legal, es decir, el proceso penal con prisión preventiva demora alrededor de 16 meses (490 días).

 

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